PROYECTO DE LEY 1846 ES ANTICONSTITUCIONAL Y DISCRIMINATORIO
Los trabajadores estatales
rechazamos el Proyecto de Ley 1846-2012-PE, por ser inconstitucional y
discriminatorio; pues vulnera el derecho a la estabilidad laboral y crea la
modalidad de aumentos bianuales por
mérito individual, que se sólo se otorgarán hasta al 10% del personal
que califique 2 veces consecutivas como servidor de “Rendimiento Distinguido”.
Los dirigentes de los diferentes
sindicatos de las diferentes entidades públicas (Municipios, Poder Judicial,
Ministerio Público, Agricultura, Gobierno Regional, EsSalud, MINSA y otros), se
encuentran en sesión permanente y en las próximas horas, iniciarán una
paralización a fin de hacer retroceder al gobierno y lograr la modificación del
citado Proyecto.
Los servidores públicos no nos
oponemos a las evaluaciones, aclararon, pero en lo que no estamos de acuerdo es
en la forma de dichos controles que a la vista son poco confiables, porque
estarán a cargo de las oficinas de Recursos Humanos y de funcionarios de
confianza, los cuales podrían estar parcializados con algunos trabajadores de
su simpatía y decididos a reprobar a los que no les son afines. Además se indica que estas evaluaciones de no ser
aprobadas dos veces consecutivas conducen
al despido, que también puede darse
por la supresión de puestos y el incumplimiento de metas.
Por estas, razones, los empleados
pertenecientes a la Ley 276 así
como los obreros sujetos al régimen del D.L. 728, expresan su rechazo al
Proyecto de Ley Nº 1846; pues además de lo indicado vulnera otros derechos
adquiridos como son la negociación colectiva y la huelga, así como la
asignación por cumplir 25 y 30 años de servicios; también elimina los subsidios
por fallecimiento y sepelio; y restringe los derechos colectivos, al eliminar
los incrementos remunerativos por pactos colectivos.
Asimismo, el futuro régimen será
discriminatorio porque establecerá gratificaciones por Navidad y Fiestas
Patrias de sólo 50 % de la remuneración mensual y un monto igual por Compensación
de Tiempo de Servicios, cuando los trabajadores privados del Perú gozan de una CTS ascendente al 100% de su
sueldo.
Se debe tener en cuenta que, con la nueva Ley del Servicio Civil, se cierran
los regímenes del D. Ls. 276 y 728 para ser declarados en extinción y
liquidación por cuanto si bien, se dice
que el pase al nuevo régimen
laboral será voluntario, pero los trabajadores antiguos que persistan en
permanecer bajo las leyes 276 y 728, quedarán prácticamente congelados sin
posibilidades de ascender ni de recibir incrementos remunerativos. Y lo que es peor, el nuevo régimen promueve la tercerización de funciones
complementarias, es decir, el Estado será un empleador encubierto.
Por todas estas razones, los estatales exigen se modifique los puntos señalados y se elabore un proyecto de ley acorde con la
Carta Magna Peruana y respetando los convenios internacionales.
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