PROYECTO DE LEY 1846 ES ANTICONSTITUCIONAL Y DISCRIMINATORIO


Los trabajadores estatales rechazamos el Proyecto de Ley 1846-2012-PE, por ser inconstitucional y discriminatorio; pues vulnera el derecho a la estabilidad laboral y crea la modalidad de aumentos bianuales por  mérito individual, que se sólo se otorgarán hasta al 10% del personal que califique 2 veces consecutivas como servidor de “Rendimiento Distinguido”.
Los dirigentes de los diferentes sindicatos de las diferentes entidades públicas (Municipios, Poder Judicial, Ministerio Público, Agricultura, Gobierno Regional, EsSalud, MINSA y otros), se encuentran en sesión permanente y en las próximas horas, iniciarán una paralización a fin de hacer retroceder al gobierno y lograr la modificación del citado Proyecto.
Los servidores públicos no nos oponemos a las evaluaciones, aclararon, pero en lo que no estamos de acuerdo es en la forma de dichos controles que a la vista son poco confiables, porque estarán a cargo de las oficinas de Recursos Humanos y de funcionarios de confianza, los cuales podrían estar parcializados con algunos trabajadores de su simpatía y decididos a reprobar a los que no les son afines. Además se  indica que estas evaluaciones de no ser aprobadas dos veces consecutivas conducen  al despido, que también puede darse  por la supresión de puestos y el incumplimiento de metas.
Por estas, razones,  los empleados  pertenecientes a la Ley 276  así como los obreros sujetos al régimen del D.L. 728, expresan su rechazo al Proyecto de Ley Nº 1846; pues además de lo indicado vulnera otros derechos adquiridos como son la negociación colectiva y la huelga, así como la asignación por cumplir 25 y 30 años de servicios; también elimina los subsidios por fallecimiento y sepelio; y restringe los derechos colectivos, al eliminar los incrementos remunerativos por pactos colectivos.
Asimismo, el futuro régimen será discriminatorio porque establecerá gratificaciones por Navidad y Fiestas Patrias de sólo 50 % de la remuneración mensual y un monto igual por Compensación de Tiempo de Servicios, cuando los trabajadores privados del Perú  gozan de una CTS ascendente al 100% de su sueldo.
Se debe tener en cuenta que, con la nueva Ley del Servicio Civil, se cierran los regímenes del D. Ls. 276 y 728 para ser declarados en extinción y liquidación por cuanto si bien, se dice  que  el pase al nuevo régimen laboral será voluntario, pero los trabajadores antiguos que persistan en permanecer bajo las leyes 276 y 728, quedarán prácticamente congelados sin posibilidades de ascender ni de recibir incrementos remunerativos. Y  lo que es peor, el nuevo régimen  promueve la tercerización de funciones complementarias, es decir, el Estado será un empleador encubierto.

Por todas estas razones,  los estatales exigen se modifique  los puntos señalados  y se elabore un proyecto de ley acorde con la Carta Magna Peruana y respetando los convenios internacionales.



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